sábado, 17 de mayo de 2008

La Constitución se acaba en Chaitén ...

Lo más curioso de nuestro ordenamiento fundamental es que a nadie parece importarle. ¿Tiene sentido la consagración, la pretendida defensa y en general el discurso sobre los derechos del individuo y su dignidad, cuando se le priva de su derecho a vivir conforme a aquello que considera valioso, y a morir por ello, si lo estima el caso? ¿No eran los estados totalitarios los que les indicaban a los individuos qué es lo que era bueno para ellos, y los forzaban institucionalmente, en conformidad?

El gobierno se arroga el derecho a evacuar forzosamente a habitantes de Chaitén que se negaban a hacerlo. A veces, por algo tan básico como elegir morir en el lugar donde habían vivido toda su vida. Los privó de la posibilidad de elegir entre seguridad y riesgo. ¿Y no es eso en lo que consiste la libertad? O, mejor dicho ¿no es eso en lo que consiste ser adulto? El estilo de algún presidente en el pasado cercano, y de algún ministro en la actualidad, es muy expresivo de la forma en que algunas autoridades estiman, debemos ser tratados en una especie de estatus de minoría de edad. Y quizás debamos serlo, a la luz de la indiferencia con que tratamos nuestra Constitución y nuestra libertad … Ni una protesta. Ni una voz disonante que se escuchase con suficiente fuerza....

Aun asi: en la memoria de algunos, lo sucedido en Chaitén quedará como el recuerdo de un episodio que mostró en toda su crudeza la falta de conciencia constitucional en nuestra patria.

4 comentarios:

  1. Creo que el Estado está facultado, de hecho la ley lo faculta y esa ley no ha sido declarada inconstitucional, para actuar frente a riesgos.

    Tal vez lo único bueno del fallo de la píldora recién comentado es que admite al riesgo de manera amplia como un título para intervenir.

    Personalmente me parece inconcebible la manera como se hizo esa evacuación, usando el "recurso de protección", por el Estado, para limitar el derecho de las personas plop!).

    Precisamente el recurso habría sido la manera idónea para que los individuos impugnaran la orden administrativa de evacuar.

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  2. El caso que comentas es un claro caso de paternalismo estatal, lo cual no necesariamente debe ser considerado como "malo" o como invasivo en el autonomía o libertad individual. La obligación del uso del cinturon de seguridad o del casco para los motociclistas son casos en los no se esta pensando en el bienestar o seguridad de terceros sino precisamente en el que conduce el auto o la moto. Los trabajos de Garzón Valdes en este punto son interesantes. La idea que sostiene es que en ciertas ocasiones - bastantes restringidas siempre - el Estado debe tratar a esas personas como "incompetentes básicos" toda vez que en tanto partes de una comunidad racional básica afirman la premisa de que "es necesario seguir viviendo" pero toman acciones totalmente contrarias a esa afirmación.
    Por supuesto que no resulta fácil encontrar el deslinde exacto entre el respeto a la autonomía (cuyo extremo es propugnado por las corrientes liberales) y el necesario respeto a la coherencia de una comunidad racional. Pero es que nadie ha afirmado que la colisión de estos intereses pueda ser resuelto de manera fácil.

    Lo que en cambio si me parece absurdo es que el Estado tenga que acudir a la justicia mediante un recurso de protección para hacer lo que hizo. Eso significa despreciar la ejecutoriedad de los actos administrativos, y degradar a los actos de la Administración a simples intenciones sin capacidad normativa alguna.

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  3. Ahora presentaron (los ciudadanos de Chaitén) un recurso de protección contra la Presidenta por esto. Veamos qué pasa.

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  4. Totalmente de acuerdo.
    Y lo peor es que cuando se rechazó el recurso no había título para seguir impidiendo el ingreso a Chaitén.
    Saludos

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